Tuve un accidente y no puedo ir a trabajar, ¿Qué debo hacer?

Va a depender de cuando y donde fue ocurrido el accidente. Es decir si el accidente ocurre en un momento y lugar que nada tienen que ver con el trabajo, se podría considerar como una enfermedad inculpable ya que no vas a poder ir a trabajar por causa del accidente, vas a tener forma de justificarlo mediante un certificado medico y vas a recibir el pago de los haberes durante este tiempo. Sin embargo en este caso la empresa (en realidad la ART que sería la aseguradora de la empresa) no tendrá que hacerse responsable del accidente y de los costos de la recuperación ya que no tuvo relación con el trabajo.

En caso de que el accidente ocurra en el lugar de trabajo, o en el trayecto al trabajo de ida o de vuelta (llamado como “In itinere”) será considerado como un accidente producto de tu labor. Va a ser necesario que des aviso a tu empresa lo antes posible para que se comuniquen con la ART. También es posible hacerlo de tu parte comunicándote directamente con la empresa de ART que haya contratado tu empresa (usualmente suelen informarte al momento de tu alta y en muchos casos hasta darte una tarjeta con los teléfonos de contacto de la ART por cualquier eventualidad).

En esos casos los primeros días días de trabajo te los va a abonar la empresa pero a partir del día 11 va a ser la ART quién deba abonarte el sueldo, de cualquier manera vas a recibir tus haberes de forma integral.

Además, al haberse producido el accidente como consecuencia de tu trabajo, la ART (aseguradora de riesgos del trabajo), va a ser la que te brinde la asistencia médica, rehabilitación y demás gastos que deriven de tu accidente hasta que estés listo/a para reincorporarte a tus tareas.

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